El Ayuntamiento de Ciudad Real implanta un sistema de protección de informantes contra la corrupción
El Ayuntamiento de Ciudad Real ha resuelto la implantación de un Sistema Interno de Información para garantizar la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas o contribuyan con ellas a la lucha contra la corrupción en el seno del consistorio. Este sistema pretende ofrecer plenas garantías de "independencia, confidencialidad y seguridad" a los informantes y evitar que no sean objeto de "represalias", según consta en el decreto de Alcaldía que resuelve la creación del Sistema Interno de Información, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) de este lunes.
La finalidad de este sistema, instaurado en trasposición de la directiva de la Unión Europea relativa a la protección de personas que informen sobre infracciones y en aplicación de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, sobre esta misma materia, es la de "proteger a las personas que, en un contexto laboral o profesional, detecten las acciones u omisiones y las comuniquen" mediante los mecanismos regulados al efecto.
Así, además de la creación del órgano, el decreto de Alcaldía, ha resuelto designar como responsable del Sistema Interno de Información a su comité antifraude, y delegar en uno de sus miembros la facultades de gestión del sistema y de tramitación de expedientes de investigación. Asimismo se ha dado orden de que se proceda, por parte de la sección de informática, a la implantación y operatividad de la aplicación informática necesaria, y la creación de un registro de informaciones reservado, sin carácter público, separado del registro general de entrada y salida de documentos, para las informaciones recibidas.
Según consta en el decreto de creación, el nuevo mecanismo es un sistema de prevención, detección y resolución de infracciones o malas prácticas que garantiza que los informadores potenciales puedan aportar fácilmente y con total confidencialidad la información de que dispongan, con el objetivo de que el Ayuntamiento de Ciudad Real pueda investigar y resolver el problema, siempre que ello sea posible.
Este Sistema Interno de Información está orientado a la protección de los informantes que trabajen en el sector privado o público y que hayan obtenido información sobre infracciones en un contexto laboral o profesional, comprendiendo en todo caso a aquellas personas que tienen vínculos profesionales o laborales con el Ayuntamiento de Ciudad Real (empleados públicos), altos cargos, personal directivo, aquellas que ya han finalizado su relación profesional, voluntarios, trabajadores en prácticas o en período de formación, becarios, independientemente de que reciban remuneración o no, o personas que participan en procesos de selección. Del mismo modo a autónomos o cualquier persona que trabaje para o bajo la supervisión y la dirección de contratistas, subcontratistas y proveedores. También se extiende a las personas que prestan asistencia a los informantes, a las personas de su entorno que puedan sufrir represalias, así como a las personas jurídicas propiedad del informante, entre otras.
La información se podrá realizar por escrito, a través de correo postal o a través de cualquier medio electrónico habilitado al efecto, dirigido al canal interno de informaciones, o verbalmente, por vía telefónica o a través de sistema de mensajería de voz. A solicitud de la persona informante, también podrá presentarse mediante una reunión presencial, dentro del plazo máximo de siete días.
Realizado este análisis preliminar, el responsable del Sistema Interno de Información decidirá sobre su admisión, en un plazo que no podrá ser superior a diez días hábiles desde la fecha de entrada en el registro de la información. En el caso de que la denuncia sea admitida, el responsable del Sistema debe emitir un informe y proceder, según corresponda, a archivar el expediente o remitirlo a la Fiscalía o autoridad competente.
El plazo para finalizar las actuaciones y dar respuesta al informante, en su caso, no podrá ser superior a tres meses desde la entrada en registro de la información, salvo casos de especial complejidad que requieran una ampliación del plazo, en cuyo caso este podrá extenderse hasta un máximo de otros tres meses adicionales. Cualquiera que sea la decisión, se comunicará al informante, salvo que haya renunciado a ello o que la comunicación sea anónima.
El decreto también regula los derechos y deberes de los informantes y de la persona a quien se atribuye la conducta comunicada, entre otros aspectos.