viernes. 22.11.2024

Según la sentencia, tendrá que indemnizar a la víctima con un total de 30.750 euros por las lesiones y por daño moral, así como las condenas accesorias de prohibición de acercarse a la víctima o a su domicilio, o lugar de trabajo a una distancia inferior a 300 metros, y de comunicarse con ella por cualquier medio o procedimiento durante 10 años, además de someterse a programas formativos de educación sexual en este plazo.

La sentencia considera probado que el pasado 5 de julio de 2020, el acusado entró en contacto telefónico con la víctima, a quien le relató una ruptura sentimental con su anterior pareja, consiguiendo convencerla para hablar del tema.

La víctima le recibió en su domicilio de Ciudad Real, y el acusado, tras iniciar una conversación sobre los problemas personales en el salón de la vivienda, y tras ingerir ambos una cantidad indeterminada de cerveza, intentó conseguir el consentimiento de la chica para tener relaciones sexuales, a lo cual se negó.

La negativa provocó que el acusado la condujera violentamente hasta el dormitorio, lanzándola contra la cama. Seguidamente el acusado, con ánimo libidinoso, forcejeó con la víctima, rompió el botón y cremallera de sus pantalones y se los bajó, violándola.

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