viernes. 22.11.2024

Según el escrito de la Fiscalía, la denunciante conoció a lo largo del día 6 de julio de 2020 a A.V.V. a través de una amiga suya. Sobre las 22.00 horas de ese día, la víctima telefoneó a su amiga, que se encontraba en compañía del acusado en el parque del cementerio de Ciudad Real.

Como quiera que esta no atendió la llamada, y viendo el acusado el origen de la misma, tras pedirle el móvil con el pretexto de efectuar una llamada a su país, telefoneó a la denunciante, diciéndole que se pasaría por su casa para charlar con ella sobre una serie de problemas personales que estaba pasando en relación a una hija a la que no podía visitar.

Sobre las 0.00 horas ya del día 7 de julio, el acusado, provisto de una litrona de cerveza, acudió al domicilio de la denunciante, sito en Ciudad Real, al que accedió con consentimiento de esta, iniciando una conversación amigable en el salón mientras consumían la cerveza.

Conforme avanzaba la noche, siempre según la Fiscalía, el acusado, cambiando su actitud amigable inicial, comenzó a realizar insinuaciones de índole sexual a la víctima, siendo rechazadas estas en todo momento por ella.

Ante tales negaciones, el acusado, con ánimo libidinoso, agarró fuertemente por los brazos a la denunciante, llevándola contra su voluntad a su dormitorio. Una vez en el mismo, la arrojó violentamente contra la cama, y forcejeando con ella, consiguió bajarle los pantalones y agredirla sexualmente. Al abandonar la vivienda, la amenazó diciéndole que si hablaba la iba a matar.

La denunciante, como consecuencia de la violencia física empleada, sufrió un hematoma en el tercio medio de la cara interna del muslo derecho, tres hematomas en la cara interna del brazo izquierdo, un hematoma en el tercio medio del brazo derecho y pequeñas erosiones en la región infraumbilical, precisando de asistencia facultativa para su sanación de asistencia facultativa y de 15 días de perjuicio básico.

El 27 de julio de 2020 se acordó la prisión provisional comunicada y sin fianza para el acusado, con la prohibición de aproximación a menos de 200 metros y de comunicación directa o indirecta con la denunciante, siendo esta ratificada el 19 de agosto de ese mismo año. El 16 de noviembre de 2020 se denegó la solicitud de libertad a instancia de la defensa del procesado.

Por todo ello, el Ministerio Fiscal pide una pena de 10 años y seis meses de prisión por el delito de agresión sexual con acceso carnal por vía vaginal, así como la medida de libertad vigilada junto a la prohibición de acercarse a menos de 200 metros a la víctima, su domicilio, trabajo o lugar donde se encuentre, así como comunicarse por cualquier medio directo o indirecto y la obligación de someterse a programas formativos de educación sexual durante 12 años.

De igual modo, la Fiscalía pide una indemnización a la denunciante de 750 euros por sus lesiones y 20.000 euros más en concepto de daño legal sufrido.

Juzgan este miércoles a un acusado de agredir sexualmente a una mujer que conoció a...