La Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad ha publicado una resolución por la que se aprueba el Plan de Gestión de Ungulados Silvestres del Parque Nacional de Cabañeros. La vigencia del plan será de tres años desde su aprobación, prorrogable por otro ejercicio más.
Según publica este martes el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM), el plan de gestión recoge, como aspectos principales para llevar a cabo las acciones de control de las poblaciones de ungulados en el parque, el seguimiento poblacional y sanitario continuado de las diferentes especies, los métodos de control a utilizar y las épocas del año para su desarrollo o el número de ejemplares a extraer, según clases de edad y sexo.
Del mismo modo, incluye una evaluación de los resultados obtenidos anualmente, así como la tutela de la administración sobre las acciones que se desarrollen y el propio desarrollo de dichas acciones de control por personal especializado.
La resolución indica que en la actualidad faltan en Cabañeros componentes representativos del ecosistema mediterráneo, las grandes especies depredadoras, por lo que no se es viable la aplicación de una estrategia de regulación de las poblaciones de ungulados a través de procesos naturales de depredación.
Esto hace que el parque esté viendo amenazados sus objetivos de conservación por las altas densidades de varias especies de ungulados silvestres, que causan una afección negativa a la composición y diversidad de las especies de flora y fauna, particularmente a las especies de flora leñosas, que se evidencia en un elevado nivel de ramoneo; la alteración y degradación de los hábitats naturales; y otra serie de impactos como la transmisión de enfermedades a animales e incluso personas, poniendo en riesgo las propias poblaciones de ungulados.
Los niveles poblacionales alcanzados por los ungulados silvestres en el Parque Nacional de Cabañeros, en conjunto, casi duplican los niveles poblacionales establecidos como objetivo, lo que hace que, de acuerdo con el conocimiento científico y técnico, y lo dispuesto en la legislación expuesta de parques nacionales, se tomen medidas de gestión adecuada para reducir la sobreabundancia de las poblaciones de ungulados o el impacto que estas generan, tales como la utilización de los métodos técnica y legalmente viables de control, con el fin de alcanzar una rápida reducción de las poblaciones de ungulados, incluyendo el empleo de métodos de captura en vivo y métodos letales.
Contra esta presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Desarrollo Sostenible, en el plazo de un mes empezando a contar desde este jueves, 15 de junio.