Centrémonos en un caso concreto porque la casuística es muy amplia y sólo se trata de mostrar la generalidad de este tipo de operaciones; imaginemos que el 1 de enero del año 2003 un individuo decide comprar un apartamento en la playa, para conseguir un magnífico bronceado, por importe de 100.000 euros y posteriormente en el año 2021 decide vender, porque ya más moreno no se puede estar, haciéndolo por 145.000 euros.
Pues bien, a los ojos de Hacienda y centrándonos sólo en el IRPF, se acaba de generar una ganancia patrimonial que debe tributar en la base del ahorro dentro de nuestra declaración de renta y simplificándolo mucho (insisto, no es tan básico, pero aquí deber serlo para que se entienda) si restamos lo que nos ha pagado de lo que hemos pagado nosotros tenemos una ganancia de 45.000 euros. ¿Y cómo se tributa en la base del ahorro? pues muy sencillo, los primeros 6.000 euros al 19%, los siguientes hasta 50.000 euros al 21% de ahí hasta 200.000 euros al 23% y en adelante al 26%. Haciendo un cálculo torticero a fin de simplificar algo tan complejo como el IRPF, este señor tendría una tributación de 9.330 euros que no estaría nada mal y sin entrar en la plusvalía municipal a bien de no calentar más al personal.
¿Pero realmente ha existido tal ganancia? Día a día no dejan de bombardearnos con el tema de la inflación; pues aquí ocupa un papel relevante. Veamos que pasa si miramos en el INE:
Si tenemos en cuenta la actualización de nuestra inversión, nuestra ganancia patrimonial sería de 9.700 euros de lo que debemos pagar en IRPF 9.330 euros, así que nos quedan 370 euros con los que a buen seguro no tendremos suficiente para pagar la plusvalía municipal.
¿Entonces quién ha ganado aquí?